Red de Conjuntos Históricos de Castilla y León
Covarrubias (Burgos) - De Rowanwindwhistler - Trabajo propio, CC BY-SA 3.0, Enlace Wikimedia |
- Wikipedia: Conjunto histórico
En España, un conjunto histórico (anteriormente, conjunto histórico-artístico) es una declaración legal que agrupa a todos los bienes declarados como monumentos históricos-artísticos en una determinada localidad, siendo una figura de protección sobre los bienes culturales españoles y que se encuentra regulada por el Ministerio de Cultura de España. Es una de las categorías en que se divide el Patrimonio Histórico Español junto con los monumentos, jardines y sitios históricos, así como zonas arqueológicas, todos ellos como Bienes de Interés Cultural.
Regulación
Según la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, un «Conjunto Histórico» es la agrupación de bienes inmuebles que forman una unidad de asentamiento, continua o dispersa, condicionada por una estructura física representativa de la evolución de una comunidad humana por ser testimonio de su cultura o constituir un valor de uso y disfrute para la colectividad. Asimismo es Conjunto Histórico cualquier núcleo individualizado de inmuebles comprendidos en una unidad superior de población que reúna esas mismas características y pueda ser claramente delimitado.
Todos los B.I.C. cuentan con un código BIC en el Registro General de Bienes de Interés Cultural con el formato del tipo R.I.-XX-YYYYYYY-00000, donde los dos primeros dígitos indican el tipo de bien, en el caso de los Conjuntos Históricos el 53, los siete siguientes son el código identificativo del mismo, siendo las cinco últimas cifras, cinco ceros de forma genérica, pudiendo cambiar para identificar partes del mismo bien.
- Wikipedia: Bien de Interés Cultural (España)
Un Bien de Interés Cultural (también conocido por sus siglas BIC) es una figura jurídica de protección del patrimonio histórico español, tanto mueble como inmueble. A fecha de 2017 había 30.400 bienes declarados en el registro, de los cuales aproximadamente la mitad eran bienes inmuebles (mayoritariamente monumentos) y la otra mitad bienes muebles (mayoritariamente pinturas y dibujos).
En el seno del Patrimonio Histórico Español, y al objeto de otorgar una mayor protección y tutela, adquiere un valor singular la categoría de Bienes de Interés Cultural, que se extiende a los muebles e inmuebles de aquel Patrimonio que, de forma más palmaria, requieran tal protección. Semejante categoría implica medidas asimismo singulares que la Ley establece según la naturaleza de los bienes sobre los cuales recae.
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